ZONAS CON CARACTERÍSTICAS HÍDRICAS ESPECIALES
Se consideran como Zonas
con Características Hídricas Especiales aquellas para las cuales el SENARA
ya cuenta con estudios técnicos que acrediten evidencias de sobreexplotación,
intrusión salina o alta vulnerabilidad intrínseca a la contaminación de los
acuíferos.
Cuando se solicite el criterio del SENARA referente a la
explotación de recursos hídricos subterráneos, o permisos de perforación de
pozos ubicados en zonas con características hídricas especiales, la Dirección
de Investigación y Gestión Hídrica valorará las solicitudes caso por caso
considerando la presencia de tales características de la zona y emitirá
recomendaciones a las instancias superiores que técnicamente correspondan y que
resulten necesarias para la adecuada protección de cantidad y calidad del
recurso hídrico, así como la satisfacción del interés público.
Dentro de estas zonas no se excluye la posibilidad de
autorizar perforaciones o explotaciones cuando exista un fin público de por
medio, sea porque el fin de las mismas sea para abastecimiento público de agua
potable, conforme a solicitud de las instituciones que brinden el servicio
público en la zona (AyA, ESPH, JASEC,
Municipalidades, ASADAS, Cooperativas u otros prestatarios de servicio
público), caso en el cual los interesados deberán aportar las justificaciones
que respalden la existencia del interés público, así como la información
técnica que SENARA considere pertinente para la protección de la calidad y
cantidad de los recursos hídricos.
Actualmente el SENARA cuenta con estudios técnicos
hidrogeológicos que acreditan la existencia de zonas con características
hídricas especiales en los siguientes territorios del país:
·
Zona del Valle Central.
·
Zona del acuífero Mala Noche en la zona de
Sámara, provincia de Guanacaste.
·
Zona del acuífero Huacas-Tamarindo y acuíferos
costeros norte del cantón de Santa Cruz de Guanacaste.
·
Zona del acuífero de Sardinal, cantón de
Carrillo en Guanacaste.
·
Zona del acuífero Mantas-Playa Agujas, sector de
Garabito de Puntarenas.
Además
de las anteriores zonas, también se ha identificado como zona de restricción a
la perforación de pozos, los acuíferos costeros de Carrillo, Guanacaste, de
acuerdo con una disposición emitida por la Sala Constitucional. La delimitación
de estas zonas debe quedar a disposición del público en la Oficinas Centrales
del SENARA y en el sitio Web: www.senara.or.cr.
El listado de los mapas de las Zonas Hídricas Especiales ya
delimitadas es el siguiente: